Comercio en Derecho


El comercio.

El comercio en su aceptación económica original, consiste esencialmente en una actividad de mediación e interposición entre productores y consumidores, con propósito de lucro. La conveniente división del trabajo impuso la necesidad de que esa acción mediadora fuera realizada por personas especializadas: los comerciantes. Asi, desde el punto de vista económico, es comerciantes la persona que profesionalmente, habitualmente practica aquella actividad de interposición, de mediación, entre productores y consumidores.


El acto de comercio.

Utilizamos el término "acto de comercio", para distinguir aquellos actos jurídicos regulados por el derecho mercantil, de los "actos civiles", que son aquellos regulados por el derecho civil.

Para definir el acto de comercio, es necesario utilizar un criterio formal, en lugar de un criterio material. Con base en un criterio formal, el acto de comercio puede ser definido como el acto jurídico calificado como mercantil por la ley.


Hecho jurídico. 

Acontecimientos de la naturaleza, relacionados con el hombre, en los que con independencia de su voluntad producen consecuencias jurídicas. 


Acto jurídico. 

Acto voluntario que produce consecuencias de derecho con el fin de crear, modificar, extinguir una obligación. 


Acto de comercio. 

Contrato por el que se adquiere a título oneroso un bien de cualquier especie, con el fin de lucrar mediante su transmisión. 


Empresa. (Raúl Cervantes Ahumada)

La empresa es la actividad que le da el carácter de comerciante a una persona. La empresa es una actividad que consiste en coordinar u organizar tanto elementos corpóreas como incorpóreos, así como el trabajo de las personas para producir o intercambiar bienes o servicios. 


Diferencias entre la empresa y otros términos jurídicos. 

  1. Empresa y sociedad mercantil. 
La sociedad mercantil es una persona moral, reconocida por el artículo 25 del código civil federal. La sociedad mercantil además es un comerciante como lo establece la fracción II del artículo 3 del código de comercio. La empresa no es una persona moral, es una actividad. 

2. Empresa y establecimiento. 
El establecimiento es el lugar donde el comerciante realiza sus actividades. La empresa es una actividad que se desarrolla en un lugar determinado. 

3. Empresa y negociación. 
La negociación es entendida como el conjunto de bienes y derechos de un comerciante. La negociación no es sinónimo de empresa pues es solo una parte de ésta. 
La empresa se sirve de la negociación. La empresa consiste en organizar o coordinar varios elementos, incluyendo a la negociación. 

Derecho Mercantil I


El Derecho.  

Es el conjunto de normas que regulan la conducta humana.

El derecho puede ser público o privado. 


Derecho Mercantil. 

Nace para regular el comercio o, mejor dicho, los actos y relaciones de los comerciantes propios de la realización de sus actividades mediadores.

En su origen, el derecho mercantil aparece estrechamente tenido a la noción económica de comercio y mediante ésta se explicó y determinó el concepto de aquél. 

Actualmente, sin embargo, es imposible definir al derecho mercantil por medio de la simple referencia al concepto económico original de comercio. 

El derecho mercantil puede definirse como el conjunto de normas jurídicas que se aplican a los actos de comercio legalmente calificados como tales y a los comerciantes en el ejercicio de su profesión. 


Características del Derecho Mercantil. 

  • Es un derecho creado para regular la relación y los conflictos que se pueden presentar entre los empresarios. 
  • Es parte del Derecho Privado que regula la relación entre los particulares, sin importarle las actuaciones de los poderes públicos. 
  • Está fundamentado en la tradición de los comerciantes. 
  • Es un tipo de derecho que necesita estar actualizándose de forma continua. 
  • Tiene internacionalización. 
  • Las normativas que rigen estas interacciones de las relaciones comerciales, también tienen que actualizarse y regularse.
  • En el caso de que no exista una norma que regule una determinada acción, se debe regir por el derecho civil.

Derecho Internacional Público (Dominio Espacial de las actividades de los Estados)

Dominio Espacial de las actividades de los Estados

Territorio del Estado.
Es el área sobre la cual ejerce su soberanía un Estado.
Es de suma importancia señalar los límites de esa área, es decir las fronteras.

La doctrina tradicionalmente ha distinguido dos clases de fronteras: las naturales y las artificiales.

Fronteras naturales: Son todas aquellas que la naturaleza ofrece al hombre y sirven como medios de delimitación, ejemplos: ríos, montañas, lagos, canales, etc; y

Fronteras artificiales: son todas aquellas que requieren de la mano del hombre para su elaboración, por ejemplo: muros, bardas, murallas, postes, trincheras, boyas, etc.

El territorio de un Estado puede crecer o disminuir.

Existen medios de adquisición del territorio, estos pueden ser de dos formas:, los medios originarios que son tres: 

  • La conquista
  • La prescripción y 
  • La accesión
y los medios derivados que de igual forma son tres:

  • La compra-venta
  • La prescripción y
  • Las resoluciones de las cortes internacionales.

Derecho Internacional Público (Agentes Consulares)

La historia consular es muy antigua, se origina desde la edad media cuando en las ciudades en donde los comerciantes de un gremio tenían conflictos, por lo que designaban a una persona de entre los compañeros al cual consultaban para que éste resolviera las disputas que se presentaban.

Posteriormente los cónsules llegaron a tener inmunidad sobre los comerciantes de su nacionalidad, tanto en la rama penal como en la civil y en Europa se crearon los tribunales comerciales.

Existen dos categorías consulares:

1. Los Cónsules profesionales o de carrera o missi; y

2. Los Cónsules no profesionales, comerciales, electi o por honorarios.

Cónsules profesionales (características):

a) Son elegidos entre nacionales del Estado receptor y/o por parte de un tercer Estado; y

b) Pueden dedicarse a realizar actividades comerciales con fines personales.


Las actividades consulares son amplísimas, algunas parecidas a las de los agentes diplomáticos, además, hacen las veces de oficiales del registro civil, hacen las veces de Notario Público, hacen reposiciones de pasaportes y/o visados según lo requieran sus connacionales o los nacionales del Estado receptor, etc.

Además en nuestro caso (México), implementa unos folletos que pueden obtener los connacionales cuando ingresan al país, por ejemplo en la centrales camioneras (Bienvenido paisano) y en dicho folleto se incluyen los domicilios de los consulados mexicanos en diversos lugares de Estados Unidos.

Los Cónsules gozan de inmunidades al igual  que los agentes diplomáticos, estas se clasifican en tres:

1. Inmunidades en relación a su persona.

2. Inmunidades en relación a los locales objeto de la misión diplomática, y

3. Inmunidades en relación al ejercicio de la misión diplomática.

Controversia Constitucional

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