Conceptos básicos del derecho
1. Norma jurídica: Es una regla social que establece un deber y/o concede un derecho a las personas. Las normas jurídicas son creadas por el Estado y están dirigidas a regular la conducta de los individuos.
2. Ordenamiento jurídico: Es el conjunto de normas jurídicas vigentes en un país. El ordenamiento jurídico está compuesto por la Constitución, las leyes, los reglamentos y la jurisprudencia.
3. Derecho objetivo: Es el conjunto de normas jurídicas que regulan la convivencia social. El derecho objetivo es impersonal y abstracto, es decir, se aplica a todos los individuos por igual, sin importar su condición personal.
4. Derecho subjetivo: Es la facultad que tiene una persona para exigir a otra el cumplimiento de una norma jurídica. El derecho subjetivo es personal y concreto, es decir, solo puede ser ejercido por la persona a quien le ha sido reconocido.
5. Fuentes del derecho: Son los elementos que dan origen a las normas jurídicas. Las fuentes del derecho pueden ser:
- La ley: Es la norma jurídica escrita que emana del poder legislativo.
- La costumbre: Es una práctica social repetida y aceptada por la comunidad que tiene como objetivo regular la conducta de los individuos.
- La jurisprudencia: Es el conjunto de sentencias dictadas por los tribunales de justicia.
- Los principios generales del derecho: Son los valores y principios fundamentales que inspiran el ordenamiento jurídico.
6. Relación jurídica: Es el vínculo jurídico que se establece entre dos o más personas. La relación jurídica está regulada por normas jurídicas y genera derechos y obligaciones para las partes involucradas.
7. Hecho jurídico: Es un acontecimiento que produce efectos jurídicos. Los hechos jurídicos pueden ser:
- Hechos naturales: Son aquellos que ocurren por obra de la naturaleza, como un terremoto o una inundación.
- Hechos humanos: Son aquellos que son realizados por las personas, como un contrato o un delito.
8. Acto jurídico: Es un acto realizado por una o más personas con el fin de producir efectos jurídicos. Los actos jurídicos pueden ser:
- Unilaterales: Son aquellos que requieren la voluntad de una sola persona, como un testamento.
- Bilaterales: Son aquellos que requieren la voluntad de dos o más personas, como un contrato.
9. Persona jurídica: Es una entidad que tiene personalidad jurídica y puede actuar en el ámbito jurídico. Las personas jurídicas pueden ser:
- Personas físicas: Son los seres humanos.
- Personas jurídicas: Son entidades creadas por el ordenamiento jurídico, como una empresa o una asociación civil.
10. Derecho público: Es la rama del derecho que regula la relación entre el Estado y los individuos. El derecho público se divide en:
- Derecho constitucional: Regula la organización del Estado y los derechos fundamentales de los ciudadanos.
- Derecho administrativo: Regula la organización y el funcionamiento de la administración pública.
- Derecho penal: Regula los delitos y las penas.
- Derecho procesal: Regula los procedimientos judiciales.
11. Derecho privado: Es la rama del derecho que regula las relaciones entre particulares. El derecho privado se divide en:
- Derecho civil: Regula las relaciones entre las personas físicas y jurídicas en materia de familia, propiedad, contratos y obligaciones.
- Derecho mercantil: Regula las relaciones entre las personas físicas y jurídicas en materia de comercio.
- Derecho laboral: Regula las relaciones entre los trabajadores y los empleadores.
12. Sistema jurídico: Es el conjunto de normas jurídicas, instituciones y principios que caracterizan a un país. Los sistemas jurídicos pueden ser:
- Sistema de derecho civil: Se basa en el derecho romano y se caracteriza por la importancia de la ley escrita.
- Sistema de common law: Se basa en el derecho consuetudinario y se caracteriza por la importancia de la jurisprudencia.
- Sistema de derecho religioso: Se basa en las normas religiosas y se aplica en algunos países de mayoría musulmana.
13. Estado de derecho: Es un sistema político en el que el poder del Estado está limitado por el derecho. En un Estado de derecho, las normas jurídicas son aplicables a todos los ciudadanos, incluidos los gobernantes, y se garantiza la independencia del poder judicial.
14. Derechos humanos: Son los derechos y libertades fundamentales que pertenecen a todas las personas sin distinción de raza, sexo, religión, nacionalidad o cualquier otra condición. Los derechos humanos están reconocidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en otros tratados internacionales.
15. Justicia: Es la virtud que consiste en dar a cada uno lo que le corresponde. La justicia se puede dividir en:
- Justicia conmutativa:
No hay comentarios.:
Publicar un comentario